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Cada vez hay más voces del despreciado colectivo de la abogacía y de la procura que trabaja, que cotiza, que tributa y que da un servicio de categoría superior (en general), que son conscientes de sus derechos, que nunca han defendido, cieto es, pero que ahora han de hacerlo por encontrarse entre la espada y la pared.
Por la información de que dispongo, el 21N, 21 de noviembre de 2023, se inicia una huelga indefinida de la abogacía y de los procuradores de los tribunales de turno de oficio, a instancia del Sindicato de Abogados Venia y otras plataformas y asociaciones.
Para los legos en derecho, el abogado es quien lleva la dirección jurídica del asunto y el procurador de los tribunales quien representa en el proceso a la parte, al cliente, al justiciable en definitiva.
Los abogados y procuradores de turno de oficio somos parias a los que se condena a vivir del turno bajo unas condiciones de miseria (y digo que se nos condena en tanto que por un motivo u otro como la pandemia, las huelgas en la Admon de Justicia y la pésima coyuntura económica nacional desde hace décadas, hace el grueso de asuntos de turno de oficio supere el grueso de asuntos privados). Y mientras, damos un servicio público a precios irrisorios para la administración.
Hemos apostado tanto para defender los derechos de nuestros clientes que nos hemos quedado sin ganas ni tiempo para defender los nuestros.
Sobran los motivos para una huelga de los abogados y procuradores de turno de oficio, y así:
1º.- Sufrimos la tiranía de la administración.
Las directrices del turno de oficio son fijadas por la administración, gestionadas por los colegios y desempeñadas por los abogados de turno de oficio. Sin embargo, para la administración somos meros profesionales adscritos voluntariamente al mismo, cuando la realidad es que la relación laboral es más que evidente ya se encuadre en figuras como el falso autónomo, el trabajador autónomo dependiente, el fijo discontinuo o lo que sea.
Y la determinación de esa relación laboral tiene consecuencias de cara a derechos, cotizaciones y remuneraciones (no siendo, por tanto, meras “indemnizaciones”). Algún día, no muy lejano, así será renocido.
Y por cierto, como en el caso de los abogados, las guardias son de 24 h, una guardia equivale, al menos, a 3 días de cotización y en su momento, la Seguridad Social, tendrá que recoger, con efectos retroactivos, todas esas cotizaciones por las guardias en tanto el sentido común se impondrá.
2º.- Sufrimos discriminaciones territoriales y agravios inasumibles que vulneran el fundamental y básico principio de igualdad.
En España hay trece territorios en materia de justicia: territorio MInisterio y doce comunidades autónomas con competencias en Justicia.
El mero hecho de que haya órganos administrativos implicados en la Administración de Justica, les deslegitima en tanto quiebran el principio de independencia del poder judicial, pero éso es otra historia.
Esto supone que la ley y el reglamento de asistencia jurídica gratuita sea una normativa sometida a los vaivenes de facto de las peculiaridades autonómicas y así, y entre otras cuestiones, los denominados baremos de turno de oficio (referencia para el pago a los procuradores y abogados de sus actuaciones) son tan diversos como desiguales, aunque todos, sin distinción posible, misérrimos.
Por ejemplo, un abogado o un procurador vasco tiene un baremo de turno de oficio multiplicado por tres respecto al baremo de turno aplicable en el territorio Ministerio.
3º.- Sufrimos una depreciación profesional creciente.
Hoy el abogado y el procurador es un ser denostado y ninguneado por la administración que se prevalece del estado de necesidad que hay en la profesión para malpagarnos y maltratarnos en nuestra relación diaria con la Admon de Justicia, enfrentándonos a una demanda de abogado y procurador de oficio cada vez más creciente, producto de los requisitos económicos y de otra naturaleza que son aplicables para el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita, incrementado por el empobrecimiento masivo del español medio.
4º.- Sufrimos el desprecio de la administración como esenciales garantes garantes de la paz social.
Como abogados y procuradores de calle tenemos que templar situaciones y actitudes de nuestros clientes que si en determinados momentos hiciéramos dejación de nuestras obligaciones profesionales, la Administración de Justicia podría verse muy comprometida. Bastaría con no templar gaitas y dejar de hacer malabarismos profesionales con nuestros clientes, para que acudieran en masa, como hidras, a la Administración de Justicia. Esto ya pasa en ocasiones, pero imaginémoslo en grado sumo.
5º.- Sufrimos la indefensión por partida doble.
No sólo por la administración, que a la postre paga tarde y misérrimamente nuestras actuciones (los que paga, pues hay otros que no porque no los contempla) a los justiciables. También nos sentimos abandonados por todo el conglomerado corporativo de la abogacía (Consejo General de la Abogacía, colegios autonómicos y colegios de abogados).
Aunque tal abandono sea injustificable, sí podemos entenderlo, pues no en vano también son rehenes de la propia administración, en tanto que su principal fuente de recursos no son las cuotas colegiales, sino las subvenciones por la gestión del turno de oficio.
Podríamos aducir muchos motivos más, pero con lo antedicho es más que suficiente para hacer una huelga de abogados de turno de oficio de ámbito nacional. Primero es necesaria la huelga de abogados y procuradores de turno de oficio y después, sentémonos, pero con la satisfacción y seguridad que da una posición de fuerza.