Tiempo de lectura aprox: 1 minutos, 11 segundos
El 03/04/25 entró en vigor la LO 1/2025: ¿Qué cambia en la Justicia?
El 3 de abril de 2025 ha entrado en vigor la Ley Orgánica 1/2025, una reforma integral para modernizar el Servicio Público de Justicia en España. Su objetivo es superar las deficiencias del sistema actual, agilizar trámites y fomentar soluciones extrajudiciales. A continuación, destacamos sus aspectos clave. Principales reformas en vigor desde abril de 2025
- Mediación y soluciones extrajudiciales:
- Se potencian los mecanismos no jurisdiccionales para resolver conflictos, como la mediación.
- Modificaciones en la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil) para integrar estos medios.
- Agilización de procesos judiciales:
- Procedimientos penales:
- Limitación de denuncias telemáticas.
- Eliminación de restricciones para acuerdos de conformidad.
- Audiencia preliminar en el procedimiento abreviado.
- Tramitación preferente para casos con víctimas menores de edad.
- Procesos civiles:
- Sentencias orales en juicios verbales.
- Mayor flexibilidad en costas (exoneración o moderación).
- Nuevas reglas para subastas en procesos de ejecución.
- Procedimientos penales:
- Competencias judiciales:
- Cambios en las funciones de jueces de paz y procuradores.
- Introducción del concepto de «abuso del servicio público de justicia».
Reformas pendientes: Octubre 2025 Algunas modificaciones entrarán en vigor el 3 de octubre de 2025, como:
- Atribución de competencias en violencia sexual a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
- Reformas al artículo 14 de la LECrim y otras normas relacionadas.
Conclusión: ¿Hacia una Justicia más eficiente?
La LO 1/2025 busca adaptar la Justicia a los retos actuales: mayor litigiosidad, nuevas tecnologías y demandas sociales. Con estas reformas, se espera reducir la saturación de los tribunales y ofrecer un servicio más ágil y justo. Pero en realidad, es una Ley que es pura propaganda politica que pretende descolapsar la Admon de Justicia estableciendo cortapisas para el acceso a la misma mediante requisitos de «procedibilidad» que tendrá como efecto el colapso aún mayor de la propia Admon de Justicia, dado que los profesionales acudirán, en los procedimientos en los que se exige procedibilidad, a la típica conciliación ante los LAJ. Con todo ello, nos hace ser pesimistas sobre la pretendida ¿agilización?, de suerte que ya verán como en menos de un año ya la están «parcheando». Una ocasión perdida para simplificar, clarificar y procurar la eficiencia debida.