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Una aseguradora pagará 6.000 euros a un propietario por tener su negocio paralizado a causa del Covid-19

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Girona ha declarado en su reciente SAP 59/2021, de 3 de febrero, que la pérdida de beneficios por la paralización de la actividad de un negocio de restauración, a consecuencia de la legislación estatal dictada por la pandemia del Covid-19, sí está cubierta en el concreto seguro aquí analizado.

Desde nuestro punto de vista, inicialmente, quien debe pagar por los daños y perjuicios dimanantes de la pandemia es la Administración en virtud de la responsabilidad patrimonial de la administración. Ahora bien,si a tenor de póliza de seguro procede, por paralización de actividad, reclamar, por existir cobertura para ello, pues adelante.

Sin perjuicio de las reclamaciones patrimoniales frente a la Administración que ya estamos preparando, se abre otra vía, a través del seguro. Como todo ello son cuestiones complejas, y a las que estamos acostumbrados, si quiere informarse para reclamar por los daños y perjuicios sufridos por la pandemia del Covid-19, ya sea a la Administración o a su compañía de seguros, contáctenos.

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