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Criptomonedas y el modelo 720 de la AEAT Invermania

¿Es obligatorio declarar balances y saldos a final de año y qué es el modelo 720?

El modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

La presentación del modelo 720 es la Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, y se presentará entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar.

Con la Ley 11/2021, de 9 de julio de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que si tenemos criptomonedas deberemos declarar las  criptomonedas que se tengan en exchanges fuera de España.

De no cumplirse esta obligación se establece el mismo régimen de sanciones existente, con «hasta 5.000 euros por cada dato referidos a cada moneda virtual individualmente considerada según su clase que hubiera debido incluirse en la declaración», lo es verdaderamente exagerado.

Y por otra parte, aún está pendiente de concretarse sobre las criptomonedas si el modelo 720 tiene que presentarse con independencia de alguna cantidad o no (actualmente para otros supuestos se establecia a partir de 50.000 €) así como el momento en que debe hacerse el cálculo (si a 31/12 de cada año o en otro momento).

La presente entrada es meramente informativa y no constituye consejo alguno.

Si es un criptoinversor es probable que necesite un asesoramiento jurídico y fiscal adecuado (Declaraciones informativas como el modelo D-6 o el 720, Informe anual sobre sus operaciones en criptomonedas, Declaración anual de Renta, Declaración anual sobre el Patrimonio, defensa frente a reclamaciones de la AEAT, etc). Contáctenos.

Por TCJ