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El modelo 720 y el modelo 721 son declaraciones informativas distintas. La Agencia Tributaria indica expresamente que en el modelo 720 no se informan las monedas virtuales. Por tanto, una persona que tenga criptomonedas no debe presentar el modelo 720 por ese solo motivo. La obligación que pueda corresponder dependerá de la naturaleza de los bienes o derechos y, cuando se trate de monedas virtuales situadas en el extranjero, del análisis específico del modelo 721.
¿Qué es el modelo 720?
El modelo 720 es una declaración informativa sobre determinados bienes y derechos situados en el extranjero. Su ámbito no debe confundirse con las criptomonedas: la propia ficha oficial de la AEAT contiene el aviso de que las monedas virtuales no se informan mediante este modelo. La obligación, los bloques de información, los saldos y los plazos deben revisarse cada ejercicio conforme a la normativa vigente.
¿Qué es el modelo 721?
El modelo 721 es la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero. Puede afectar a personas físicas y jurídicas residentes en España, establecimientos permanentes y otras entidades cuando concurren los requisitos previstos en la normativa. El análisis debe atender, entre otros elementos, a la titularidad, la autorización, el poder de disposición o la titularidad real a 31 de diciembre, así como a la entidad que presta el servicio de custodia.
La custodia de las claves es relevante
No basta con saber si se utiliza una hot wallet o una cold wallet. La AEAT diferencia entre monederos custodios y no custodios. Si el usuario mantiene el control de sus claves privadas y no existe un tercero que custodie por cuenta de terceros, la conclusión puede ser diferente. También deben revisarse los supuestos de pérdida de la condición de titular, autorizado, beneficiario o titular real durante el año.
720, 721 y declaración de la Renta: no son lo mismo
El modelo 720 y el modelo 721 son declaraciones informativas; no sustituyen el análisis de la tributación de las operaciones. La venta o permuta de monedas virtuales, determinados rendimientos, recompensas, minería, staking o pagos con criptoactivos pueden tener efectos propios en el IRPF. Para estudiar esos efectos consulta nuestra guía de Renta 2025 y criptofiscalidad, que debe revisarse siempre según el ejercicio y la situación personal.
Qué documentación conviene reunir
Antes de valorar una posible obligación conviene conservar los extractos de exchanges, la identificación de las plataformas, los saldos a 31 de diciembre, las transferencias entre wallets, la información sobre custodia, las fechas de adquisición y transmisión y cualquier justificante relacionado. La documentación debe permitir reconstruir quién tenía el control o la titularidad, dónde se prestaba el servicio de custodia y qué operaciones se realizaron.
Fuentes oficiales y revisión profesional
La ficha oficial del modelo 720 y la ficha oficial del modelo 721 deben consultarse antes de presentar cualquier declaración. También es recomendable revisar las preguntas frecuentes de la AEAT sobre el modelo 721.
En Tu Consulta Jurídica podemos estudiar la documentación y orientarte sobre las cuestiones que conviene revisar. Puedes contactar mediante Contacto o solicitar un estudio previo. Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal individualizado.