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RECLAMACION HORAS EXTRAORDINARIAS / ESTRUCTURALES / COMPLEMENTARIAS

1.- ¿A QUIEN SE DIRIJE?

A conductores de transporte de mercancias y de viajeros, cuya jornada de trabajo se refleja en tacógrafo digital (en lo sucesivo el tacógrafo) y/o en el registro diario de jornada laboral de la empresa (en lo sucesivo el registro diario).

2.- ¿QUE HORAS EXTRAORDINARIAS / ESTRUCTURALES / COMPLEMENTARIAS SE PUEDEN RECLAMAR?

Las que estén fuera de la jornada habitual a tiempo completo / jornada parcial y estén acreditadas por el tacógrafo y/o el registro diario, que estén comprendidas en el último año, desde que pudieron reclamarse. Como ejemplo, si un trabajador es despedido el 15 de enero de 2019, podrá reclamar todas las horas extraordinarias realizadas desde enero del año 2018 hasta las del año 2019 siempre que inicia la reclamación en dicho momento. Sin embargo, si inicia la reclamación en marzo del año 2019, sólo podrá reclamar desde marzo del año 2018.

3.- ¿QUE DOCUMENTACION TIENE QUE APORTAR?

Debe enviarnos por correo electrónico y en pdf (1 archivo por documento) los siguientes documentos: contrato/s laboral/es, las 12 últimas nóminas, la descarga de datos de su tacógrafo digital de los 12 últimos meses trabajados (enviar en formato hoja de cálculo a ser posible), registro diario de jornada laboral que puede solicitar en su empresa (enviar en formato hoja de cálculo a ser posible), fotocopia de su DNI por ambas caras, y su certificado digital (con clave de importación y si no lo tienese lo solicitaremos para que después acuda al organismo correspondiente para acreditarse) o medio que lo sustituya.

4.- ¿QUE HAREMOS NOSOTROS?

Desde el momento en que disponemos de toda la documentación, ha firmado hoja de encargo y ha realizado el pago por el coste fijo de nuestros servicios prepararemos todo lo necesario para presentar lo correspondiente en un plazo máximo que oscila entre 15 y 30 días hábiles (excluidos sábados, domingos y festivos) tanto en vía administrativa como judicial (de ser necesario).

5.- ¿CUANTO CUESTA?

Dada la situación actual y solidarizándonos con el trabajador, el coste fijo de nuestros servicios es muy asequible. A la finalización de nuestro trabajo tendrá que pagar una prima de éxito que es un tanto por ciento sobre lo reconocido en sentencia y sólo si tenemos éxito)

6.- ¿A PARTIR DE QUE IMPORTE REALIZAN RECLAMACIONES?

Asumimos reclamaciones a partir de un mínimo por reclamaicón de 1.000.-€.

7.- ¿TIENEN USTEDES EXPERIENCIA?

Sí, tenemos experiencia desde 1.992.

8.- ¿GARANTIZAN RESULTADOS?

Los abogados no podemos garantizar resultados, si bien con carácter previo realizaremos un estudio de viabilidad de su reclamación y si no la vemos viable, se lo comunicaremos. Nuestro interés es reclamar y obtener un buen resultado para usted pues de esa forma salimos ganando ambas partes.

9.- ¿COMO ME INFORMARÁN Y ESTARE EN CONTACTO CON USTEDES?

Exclusivamente vía correo electrónico. Le informaremos periódicamente de todo lo relevante sobre su asunto e igualmente usted podrá comunicarse con nosotros cuando quiera.

10.- ¿QUE TIENE QUE HACER SI QUIERE RECLAMAR?

Contactarnos vía correo electrónico.

Por TCJ